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Casarse por la Iglesia es lo que deben hacer todos
los bautizados si quieren ser verdaderos cristianos.
Requerimientos:
Hay algunos requisitos en cuanto a la
edad y parentesco de los cónyuges.
* Se debe realizar un curso
prematrimonial consultar en secretaría
parroquial.
* Para iniciar los tramites de
casamiento los novios deben informar la fecha y hora del casamiento
con dos meses de anticipación.
Si su matrimonio va a ser bendecido por un
sacerdote que es familiar o amigo personal de ustedes, que no es de
la Parroquia, debe avisarse en secretaría lo antes posible. Deben
presentar el nombre y apellido de dicho sacerdote junto con el
nombre y dirección donde ejerce su ministerio sacerdotal
* Para iniciar el Expediente
Matrimonial:
El expediente matrimonial es una declaración
jurada sobre las intenciones y compromisos de los novios que
celebran el sacramento. Se realiza a modo de entrevista con el
sacerdote. Puede confeccionarse en la parroquia que corresponde al
domicilio del novio o de la novia indistintamente.
Si no lo hacen en esta Parroquia, porque sus domicilios no estuvieran
comprendidos en nuestro radio parroquial, deben realizarlo en la
secretaria de la parroquia que les corresponda. Una vez
confeccionado, deben traerlo personalmente a la Secretaría de esta
parroquia lo antes posible.
- traer los documentos
de identidad de la pareja,
- las Fe de Bautismo
actualizada (tener en cuenta la validez del certificado) solicitarla
en la parroquia donde se realizo el bautismo y avisar que es para
matrimonio.
- 2 (dos) Testigos
(Mayores de 21 años NO familiares directos), con DNI.
- el Certificado del
Curso Prematrimonial.
El arreglo floral queda
a cargo de la pareja de novios.
La parroquia cuenta con
un organista o posibilidad de pasar un CD que deberán traer los
novios con anticipación de una semana a la ceremonia.
Se permite fotógrafos y
filmaciones.
Les pedimos:
-
* Poco movimiento, respetando lo prioritario que es la
celebración litúrgica.
* Ambos se presentarán en la Sacristía antes de
la realización de la boda para que el sacerdote
les dé las indicaciones para el caso
Se pide una
colaboración para cubrir los gastos de luz, limpieza, mantenimiento
del templo, etc. que debe ser abonado al iniciar el expediente.
Pedimos respetar puntualmente los horarios convenidos para la Boda.
El horario dado en secretaría es la hora en que la novia debe
ingresar al templo y comenzarse la celebración. Esto nos permite a
todos, pero a ustedes especialmente, celebrar su matrimonio en un
clima tranquilo y religioso.
Catecismo de la Iglesia Católica
Artículo 7
EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
1601 "La alianza matrimonial, por la
que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la
vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y
a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo
Nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados" (⇒
CIC, can. 1055,1)
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I El matrimonio en el plan de Dios
1602 La Sagrada Escritura se abre con
el relato de la creación del hombre y de la mujer a imagen y
semejanza de Dios (Gn 1,26- 27) y se cierra con la visión de las
"bodas del Cordero" (Ap 19,7.9). De un extremo a otro la Escritura
habla del matrimonio y de su "misterio", de su institución y del
sentido que Dios le dio, de su origen y de su fin, de sus
realizaciones diversas a lo largo de la historia de la salvación, de
sus dificultades nacidas del pecado y de su renovación "en el Señor"
(1 Co 7,39) todo ello en la perspectiva de la Nueva Alianza de
Cristo y de la Iglesia (cf Ef 5,31-32).
El matrimonio en el orden de la
creación
1603 "La íntima comunidad de vida y
amor conyugal, fundada por el Creador y provista de leyes propias,
se establece sobre la alianza del matrimonio... un vínculo
sagrado... no depende del arbitrio humano. El mismo Dios es el autor
del matrimonio" (GS 48,1). La vocación al matrimonio se inscribe en
la naturaleza misma del hombre y de la mujer, según salieron de la
mano del Creador. El matrimonio no es una institución puramente
humana a pesar de las numerosas variaciones que ha podido sufrir a
lo largo de los siglos en las diferentes culturas, estructuras
sociales y actitudes espirituales. Estas diversidades no deben hacer
olvidar sus rasgos comunes y permanente. A pesar de que la dignidad
de esta institución no se trasluzca siempre con la misma claridad
(cf GS 47,2), existe en todas las culturas un cierto sentido de la
grandeza de la unión matrimonial. "La salvación de la persona y de
la sociedad humana y cristiana está estrechamente ligada a la
prosperidad de la comunidad conyugal y familiar" (GS 47,1).
1604 Dios que ha creado al hombre por
amor lo ha llamado también al amor, vocación fundamental e innata de
todo ser humano. Porque el hombre fue creado a imagen y semejanza de
Dios (Gn 1,2), que es Amor (cf 1 Jn 4,8.16). Habiéndolos creado Dios
hombre y mujer, el amor mutuo entre ellos se convierte en imagen del
amor absoluto e indefectible con que Dios ama al hombre. Este amor
es bueno, muy bueno, a los ojos del Creador (cf Gn 1,31). Y este
amor que Dios bendice es destinado a ser fecundo y a realizarse en
la obra común del cuidado de la creación. "Y los bendijo Dios y les
dijo: "Sed fecundos y multiplicaos, y llenad la tierra y sometedla'"
(Gn 1,28).
1605 La Sagrada escritura afirma que el
hombre y la mujer fueron creados el uno para el otro: "No es bueno
que el hombre esté solo". La mujer, "carne de su carne", su igual,
la criatura más semejante al hombre mismo, le es dada por Dios como
una "auxilio", representando así a Dios que es nuestro "auxilio" (cf
Sal 121,2). "Por eso deja el hombre a su padre y a su madre y se une
a su mujer, y se hacen una sola carne" (cf Gn 2,18-25). Que esto
significa una unión indefectible de sus dos vidas, el Señor mismo lo
muestra recordando cuál fue "en el principio", el plan del Creador:
"De manera que ya no son dos sino una sola carne" (Mt 19,6).
El matrimonio bajo la esclavitud del
pecado
1606 Todo hombre, tanto en su entorno
como en su propio corazón, vive la experiencia del mal. Esta
experiencia se hace sentir también en las relaciones entre el hombre
y la mujer. En todo tiempo, la unión del hombre y la mujer vive
amenazada por la discordia, el espíritu de dominio, la infidelidad,
los celos y conflictos que pueden conducir hasta el odio y la
ruptura. Este desorden puede manifestarse de manera más o menos
aguda, y puede ser más o menos superado, según las culturas, las
épocas, los individuos, pero siempre aparece como algo de carácter
universal.
1607 Según la fe, este desorden que
constatamos dolorosamente, no se origina en la naturaleza del
hombre y de la mujer, ni en la naturaleza de sus relaciones, sino en
el pecado. El primer pecado, ruptura con Dios, tiene como
consecuencia primera la ruptura de la comunión original entre el
hombre y la mujer. Sus relaciones quedan distorsionadas por agravios
recíprocos (cf Gn 3,12); su atractivo mutuo, don propio del creador
(cf Gn 2,22), se cambia en relaciones de dominio y de concupiscencia
(cf Gn 3,16b); la hermosa vocación del hombre y de la mujer de ser
fecundos, de multiplicarse y someter la tierra (cf Gn 1,28) queda
sometida a los dolores del parto y los esfuerzos de ganar el pan (cf
Gn 3,16-19).
1608 Sin embargo, el orden de la
Creación subsiste aunque gravemente perturbado. Para sanar las
heridas del pecado, el hombre y la mujer necesitan la ayuda de la
gracia que Dios, en su misericordia infinita, jamás les ha negado
(cf Gn 3,21). Sin esta ayuda, el hombre y la mujer no pueden llegar
a realizar la unión de sus vidas en orden a la cual Dios los creó
"al comienzo".
El matrimonio bajo la pedagogía de
la antigua Ley
1609 En su misericordia, Dios no
abandonó al hombre pecador. Las penas que son consecuencia del
pecado, "los dolores del parto" (Gn 3,16), el trabajo "con el sudor
de tu frente" (Gn 3,19), constituyen también remedios que limitan
los daños del pecado. Tras la caída, el matrimonio ayuda a vencer el
repliegue sobre s í mismo, el egoísmo, la búsqueda del propio
placer, y a abrirse al otro, a la ayuda mutua, al don de sí.
1610 La conciencia moral relativa a la
unidad e indisolubilidad del matrimonio se desarrolló bajo la
pedagogía de la Ley antigua. La poligamia de los patriarcas y de los
reyes no es todavía prohibida de una manera explícita. No obstante,
la Ley dada por Moisés se orienta a proteger a la mujer contra un
dominio arbitrario del hombre, aunque ella lleve también, según la
palabra del Señor, las huellas de "la dureza del corazón" de la
persona humana, razón por la cual Moisés permitió el repudio de la
mujer (cf Mt 19,8; Dt 24,1).
1611 Contemplando la Alianza de Dios
con Israel bajo la imagen de un amor conyugal exclusivo y fiel (cf
Os 1-3; Is 54.62; Jr 2-3. 31; Ez 16,62;23), los profetas fueron
preparando la conciencia del Pueblo elegido para una comprensión más
profunda de la unidad y de la indisolubilidad del matrimonio (cf Mal
2,13-17). Los libros de Rut y de Tobías dan testimonios conmovedores
del sentido hondo del matrimonio, de la fidelidad y de la ternura de
los esposos. La Tradición ha visto siempre en el Cantar de los
Cantares una expresión única del amor humano, en cuanto que éste es
reflejo del amor de Dios, amor "fuerte como la muerte" que "las
grandes aguas no pueden anegar" (Ct 8,6-7).
El matrimonio en el Señor
1612 La alianza nupcial entre Dios y su
pueblo Israel había preparado la nueva y eterna alianza mediante la
que el Hijo de Dios, encarnándose y dando su vida, se unió en cierta
manera con toda la humanidad salvada por él (cf. GS 22), preparando
así "las bodas del cordero" (Ap 19,7.9).
1613 En el umbral de su vida pública,
Jesús realiza su primer signo -a petición de su Madre - con ocasión
de un banquete de boda (cf Jn 2,1-11). La Iglesia concede una gran
importancia a la presencia de Jesús en las bodas de Caná. Ve en ella
la confirmación de la bondad del matrimonio y el anuncio de que en
adelante el matrimonio será un signo eficaz de la presencia de
Cristo.
1614 En su predicación, Jesús enseñó
sin ambigüedad el sentido original de la unión del hombre y la
mujer, tal como el Creador la quiso al comienzo: la autorización,
dada por Moisés, de repudiar a su mujer era una concesión a la
dureza del corazón (cf Mt 19,8); la unión matrimonial del hombre y
la mujer es indisoluble: Dios mismo la estableció: "lo que Dios
unió, que no lo separe el hombre" (Mt 19,6).
1615 Esta insistencia, inequívoca, en
la indisolubilidad del vínculo matrimonial pudo causar perplejidad y
aparecer como una exigencia irrealizable (cf Mt 19,10). Sin embargo,
Jesús no impuso a los esposos una carga imposible de llevar y
demasiado pesada (cf Mt 11,29-30), más pesada que la Ley de Moisés.
Viniendo para restablecer el orden inicial de la creación perturbado
por el pecado, da la fuerza y la gracia para vivir el matrimonio en
la dimensión nueva del Reino de Dios. Siguiendo a Cristo,
renunciando a s í mismos, tomando sobre s í sus cruces (cf Mt 8,34),
los esposos podrán "comprender" (cf Mt 19,11) el sentido original
del matrimonio y vivirlo con la ayuda de Cristo. Esta gracia del
Matrimonio cristiano es un fruto de la Cruz de Cristo, fuente de
toda la vida cristiana.
1616 Es lo que el apóstol Pablo da a
entender diciendo: "Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó
a la Iglesia y se entregó a sí mismo por ella, para santificarla"
(Ef 5,25-26), y añadiendo enseguida: "`Por es o dejará el hombre a
su padre y a su madre y se unirá a su mujer, y los dos se harán una
sola carne'. Gran misterio es éste, lo digo respecto a Cristo y a la
Iglesia" (Ef 5,31-32).
1617 Toda la vida cristiana está
marcada por el amor esponsal de Cristo y de la Iglesia. Ya el
Bautismo, entrada en el Pueblo de Dios, es un misterio nupcial. Es,
por así decirlo, como el baño de bodas (cf Ef 5,26-27) que precede
al banquete de bodas, la Eucaristía. El Matrimonio cristiano viene a
ser por su parte signo eficaz, sacramento de la alianza de Cristo y
de la Iglesia. Puesto que es signo y comunicación de la gracia, el
matrimonio entre bautizados es un verdadero sacramento de la Nueva
Alianza (cf DS 1800;
⇒ CIC, can. 1055,2).
La virginidad por el Reino de Dios
1618 Cristo es el centro de toda vida
cristiana. El vínculo con El ocupa el primer lugar entre todos los
demás vínculos, familiares o sociales (cf Lc 14,26; Mc 10,28-31).
Desde los comienzos de la Iglesia ha habido hombres y mujeres que
han renunciado al gran bien del matrimonio para seguir al Cordero
dondequiera que vaya (cf Ap 14,4), para ocuparse de las cosas del
Señor, para tratar de agradarle (cf 1 Co 7,32), para ir al encuentro
del Esposo que viene (cf Mt 25,6). Cristo mismo invitó a algunos a
seguirle en este modo de vida del que El es el modelo:
Hay eunucos que nacieron así del seno
materno, y hay eunucos hechos por los hombres, y hay eunucos que se
hicieron tales a sí mismos por el Reino de los Cielos. Quien pueda
entender, que entienda (Mt 19,12).
1619 La virginidad por el Reino de los
Cielos es un desarrollo de la gracia bautismal, un signo poderoso de
la preeminencia del vínculo con Cristo, de la ardiente espera de su
retorno, un signo que recuerda también que el matrimonio es una
realidad que manifiesta el carácter pasajero de este mundo (cf 1 Co
7,31; Mc 12,25).
1620 Estas dos realidades, el
sacramento del Matrimonio y la virginidad por el Reino de Dios,
vienen del Señor mismo. Es él quien les da sentido y les concede la
gracia indispensable para vivirlos conforme a su voluntad (cf Mt
19,3-12). La estima de la virginidad por el Reino (cf LG 42; PC 12;
OT 10) y el sentido cristiano del Matrimonio son inseparables y se
apoyan mutuamente:
Denigrar el matrimonio es reducir a la
vez la gloria de la virginidad; elogiarlo es realzar a la vez la
admiración que corresponde a la virginidad... (S. Juan Crisóstomo,
virg. 10,1; cf FC, 16).
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II La celebración del Matrimonio
1621 En el rito latino, la celebración
del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente
dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los
sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En la
Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la que
Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que
se entregó (cf LG 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen
su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus
propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia,
hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo la
Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma
Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en Cristo (cf 1 Co 10,17).
1622 "En cuanto gesto sacramental de
santificación, la celebración del matrimonio...debe ser por sí misma
válida, digna y fructuosa" (FC 67). Por tanto, conviene que los
futuros esposos se dispongan a la celebración de su matrimonio
recibiendo el sacramento de la penitencia.
1623 Según la tradición latina, los
esposos, como ministros de la gracia de Cristo, manifestando su
consentimiento ante la Iglesia, se confieren mutuamente el
sacramento del matrimonio. En las tradiciones de las Iglesias
orientales, los sacerdotes –Obispos o presbíteros– son testigos del
recíproco consentimiento expresado por los esposos (cf. CCEO, can.
817), pero también su bendición es necesaria para la validez del
sacramento (cf CCEO, can. 828).
1624 Las diversas liturgias son ricas
en oraciones de bendición y de epíclesis pidiendo a Dios su gracia y
la bendición sobre la nueva pareja, especialmente sobre la esposa.
En la epíclesis de este sacramento los esposos reciben el Espíritu
Santo como Comunión de amor de Cristo y de la Iglesia (cf. Ef 5,32).
El Espíritu Santo es el sello de la alianza de los esposos, la
fuente siempre generosa de su amor, la fuerza con que se renovará su
fidelidad.
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III El consentimiento matrimonial
1625 Los protagonistas de la alianza
matrimonial son un hombre y una mujer bautizados, libres para
contraer el matrimonio y que expresan libremente su consentimiento.
"Ser libre" quiere decir:
— no obrar por coacción;
— no estar impedido por una ley natural o eclesiástica.
1626 La Iglesia considera el
intercambio de los consentimientos entre los esposos como el
elemento indispensable "que hace el matrimonio" (⇒
CIC, can. 1057,1). Si el consentimiento falta, no hay matrimonio.
1627 El consentimiento consiste en "un
acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente"
(GS 48,1; cf
⇒ CIC, can. 1057,2): "Yo te recibo como esposa" - "Yo te
recibo como esposo" (OcM 45). Este consentimiento que une a los
esposos entre sí, encuentra su plenitud en el hecho de que los dos
"vienen a ser una sola carne" (cf Gn 2,24; Mc 10,8; Ef 5,31).
1628 El consentimiento debe ser un acto
de la voluntad de cada uno de los contrayentes, libre de violencia o
de temor grave externo (cf
⇒ CIC, can. 1103). Ningún poder humano puede reemplazar
este consentimiento (⇒
CIC, can. 1057, 1). Si esta libertad falta, el matrimonio es
inválido.
1629 Por esta razón (o por otras
razones que hacen nulo e inválido el matrimonio; cf.
⇒ CIC, can. 1095-1107), la Iglesia, tras examinar la
situación por el tribunal eclesiástico competente, puede declarar
"la nulidad del matrimonio", es decir, que el matrimonio no ha
existido. En este caso, los contrayentes quedan libres para casarse,
aunque deben cumplir las obligaciones naturales nacidas de una unión
precedente precedente (cf
⇒ CIC, can. 1071).
1630 El sacerdote ( o el diácono) que
asiste a la celebraci ón del matrimonio, recibe el consentimiento de
los esposos en nombre de la Iglesia y da la bendición de la Iglesia.
La presencia del ministro de la Iglesia (y también de los testigos)
expresa visiblemente que el matrimonio es una realidad eclesial.
1631 Por esta razón, la Iglesia exige
ordinariamente para sus fieles la forma eclesiástica de la
celebración del matrimonio (cf Cc. de Trento: DS 1813-1816;
⇒ CIC, can. 1108). Varias razones concurren para explicar
esta determinación:
— El matrimonio sacramental es un acto
litúrgico. Por tanto, es conveniente que sea celebrado en la
liturgia pública de la Iglesia.
— El matrimonio introduce en un ordo eclesial, crea derechos
y deberes en la Iglesia entre los esposos y para con los hijos.
— Por ser el matrimonio un estado de vida en la Iglesia, es preciso
que exista certeza sobre él (de ahí la obligación de tener
testigos).
— El carácter público del consentimiento protege el "Sí" una vez
dado y ayuda a permanecer fiel a él.
1632 Para que el "Sí" de los esposos
sea un acto libre y responsable, y para que la alianza matrimonial
tenga fundamentos humanos y cristianos sólidos y estables, la
preparación para el matrimonio es de primera importancia:
El ejemplo y la enseñanza dados por los
padres y por las familias son el camino privilegiado de esta
preparación.
El papel de los pastores y de la
comunidad cristiana como "familia de Dios" es indispensable para la
transmisión de los valores humanos y cristianos del matrimonio y de
la familia (cf.
⇒ CIC, can. 1063), y esto con mayor razón en nuestra
época en la que muchos jóvenes conocen la experiencia de hogares
rotos que ya no aseguran suficientemente esta iniciación:
Los jóvenes deben ser instruidos
adecuada y oportunamente sobre la dignidad, dignidad , tareas y
ejercicio del amor conyugal, sobre todo en el seno de la misma
familia, para que, educados en el cultivo de la castidad, puedan
pasar, a la edad conveniente, de un honesto noviazgo vivido al
matrimonio (GS 49,3).
Matrimonios mixtos y disparidad de
culto
1633 En numerosos países, la situación
del matrimonio mixto (entre católico y bautizado no católico)
se presenta con bastante frecuencia. Exige una atención particular
de los cónyuges y de los pastores. El caso de matrimonios con
disparidad de culto (entre católico y no bautizado) exige una
aún mayor atención.
1634 La diferencia de confesión entre
los cónyuges no constituye un obstáculo insuperable para el
matrimonio, cuando llegan a poner en común lo que cada uno de ellos
ha recibido en su comunidad, y a aprender el uno del otro el modo
como cada uno vive su fidelidad a Cristo. Pero las dificultades de
los matrimonios mixtos no deben tampoco ser subestimadas. Se deben
al hecho de que la separación de los cristianos no se ha superado
todavía. Los esposos corren el peligro de vivir en el seno de su
hogar el drama de la desunión de los cristianos. La disparidad de
culto puede agravar aún más estas dificultades. Divergencias en la
fe, en la concepción misma del matrimonio, pero también mentalidades
religiosas distintas pueden constituir una fuente de tensiones en el
matrimonio, principalmente a propósito de la educación de los hijos.
Una tentación que puede presentarse entonces es la indiferencia
religiosa.
1635 Según el derecho vigente en la
Iglesia latina, un matrimonio mixto necesita, para su licitud, el
permiso expreso de la autoridad eclesiástica (cf
⇒ CIC, can. 1124). En caso de disparidad de culto se
requiere una dispensa expresa del impedimento para la validez
del matrimonio (cf
⇒ CIC, can. 1086). Este permiso o esta dispensa supone
que ambas partes conozcan y no excluyan los fines y las propiedades
esenciales del matrimonio; además, que la parte católica confirme
los compromisos –también haciéndolos conocer a la parte no católica–
de conservar la propia fe y de asegurar el Bautismo y la educación
de los hijos en la Iglesia Católica (cf
⇒ CIC, can. 1125).
1636 En muchas regiones, gracias al
diálogo ecuménico, las comunidades cristianas interesadas han podido
llevar a cabo una pastoral común para los matrimonios mixtos.
Su objetivo es ayudar a estas parejas a vivir su situación
particular a la luz de la fe. Debe también ayudarles a superar las
tensiones entre las obligaciones de los cónyuges, el uno con el
otro, y con sus comunidades eclesiales. Debe alentar el desarrollo
de lo que les es común en la fe, y el respeto de lo que los separa.
1637 En los matrimonios con disparidad
de culto, el esposo católico tiene una tarea particular: "Pues el
marido no creyente queda santificado por su mujer, y la mujer no
creyente queda santificada por el marido creyente" ( 1 Co 7,14). Es
un gran gozo para el cónyuge cristiano y para la Iglesia el que esta
"santificación" conduzca a la conversión libre del otro cónyuge a la
fe cristiana (cf. 1 Co 7,16). El amor conyugal sincero, la práctica
humilde y paciente de las virtudes familiares, y la oración
perseverante pueden preparar al cónyuge no creyente a recibir la
gracia de la conversión.
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IV Los efectos del sacramento del
Matrimonio
1638 "Del matrimonio válido se origina
entre los cónyuges un vínculo perpetuo y exclusivo por su
misma naturaleza; además, en el matrimonio cristiano los cónyuges
son fortalecidos y quedan como consagrados por un sacramento
peculiar para los deberes y la dignidad de su estado" (⇒
CIC, can. 1134).
El vínculo matrimonial
1639 El consentimiento por el que los
esposos se dan y se reciben mutuamente es sellado por el mismo Dios
(cf Mc 10,9). De su alianza "nace una institución estable por
ordenación divina, también ante la sociedad" (GS 48,1). La alianza
de los esposos está integrada en la alianza de Dios con los hombres:
"el auténtico amor conyugal es asumido en el amor divino" (GS 48,2).
1640 Por tanto, el vínculo
matrimonial es establecido por Dios mismo, de modo que el
matrimonio celebrado y consumado entre bautizados no puede ser
disuelto jamás. Este vínculo que resulta del acto humano libre de
los esposos y de la consumación del matrimonio es una realidad ya
irrevocable y da origen a una alianza garantizada por la fidelidad
de Dios. La Iglesia no tiene poder para pronunciarse contra esta
disposición de la sabiduría divina (cf
⇒ CIC, can. 1141).
La gracia del sacramento del
matrimonio
1641 "En su modo y estado de vida, (los
cónyuges cristianos) tienen su carisma propio en el Pueblo de Dios"
(LG 11). Esta gracia propia del sacramento del matrimonio está
destinada a perfeccionar el amor de los cónyuges, a fortalecer su
unidad indisoluble. Por medio de esta gracia "se ayudan mutuamente a
santificarse con la vida matrimonial conyugal y en la acogida y
educación de los hijos" (LG 11; cf LG 41).
1642 Cristo es la fuente de esta
gracia. "Pues de la misma manera que Dios en otro tiempo salió
al encuentro de su pueblo por una alianza de amor y fidelidad, ahora
el Salvador de los hombres y Esposo de la Iglesia, mediante el
sacramento del matrimonio, sale al encuentro de los esposos
cristianos" (GS 48,2). Permanece con ellos, les da la fuerza de segu
irle tomando su cruz, de levantarse después de sus caídas, de
perdonarse mutuamente, de llevar unos las cargas de los otros (cf Ga
6,2), de estar "sometidos unos a otros en el temor de Cristo" (Ef
5,21) y de amarse con un amor sobrenatural, delicado y fecundo. En
las alegrías de su amor y de su vida familiar les da, ya aquí, un
gusto anticipado del banquete de las bodas del Cordero:
¿De dónde voy a sacar la fuerza para
describir de manera satisfactoria la dicha del matrimonio que
celebra la Iglesia, que confirma la ofrenda, que sella la bendición?
Los ángeles lo proclaman, el Padre celestial lo ratifica...¡Qué
matrimonio el de dos cristianos, unidos por una sola esperanza, un
solo deseo, una sola disciplina, el mismo servicio! Los dos hijos de
un mismo Padre, servidores de un mismo Señor; nada los separa, ni en
el espíritu ni en la carne; al contrario, son verdaderamente dos en
una sola carne. Donde la carne es una, también es uno el espíritu
(Tertuliano, ux. 2,9; cf. FC 13).
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V Los bienes y las exigencias del
amor conyugal
1643 "El amor conyugal comporta una
totalidad en la que entran todos los elementos de la persona
-reclamo del cuerpo y del instinto, fuerza del sentimiento y de la
afectividad, aspiración del espíritu y de la voluntad -; mira una
unidad profundamente personal que, más allá de la unión en una sola
carne, conduce a no tener más que un corazón y un alma; exige la
indisolubilidad y la fidelidad de la donación recíproca definitiva;
y se abre a fecundidad. En una palabra: se trata de características
normales de todo amor conyugal natural, pero con un significado
nuevo que no sólo las purifica y consolida, sino las eleva hasta el
punto de hacer de ellas la expresión de valores propiamente
cristianos" (FC 13). Unidad e indisolubilidad del matrimonio
1644 El amor de los esposos exige, por
su misma naturaleza, la unidad y la indisolubilidad de la comunidad
de personas que abarca la vida entera de los esposos: "De manera que
ya no son dos sino una sola carne" (Mt 19,6; cf Gn 2,24). "Están
llamados a crecer continuamente en su comunión a través de la
fidelidad cotidiana a la promesa matrimonial de la recíproca
donación total" (FC 19). Esta comunión humana es confirmada,
purificada y perfeccionada por la comunión en Jesucristo dada
mediante el sacramento del matrimonio. Se profundiza por la vida de
la fe común y por la Eucaristía recibida en común.
1645 "La unidad del matrimonio aparece
ampliamente confirmada por la igual dignidad personal que hay que
reconocer a la mujer y el varón en el mutuo y pleno amor" (GS 49,2).
La poligamia es contraria a esta igual dignidad de uno y otro
y al amor conyugal que es único y exclusivo.
La fidelidad del amor conyugal
1646 El amor conyugal exige de los
esposos, por su misma naturaleza, una fidelidad inviolable. Esto es
consecuencia del don de sí mismos que se hacen mutuamente los
esposos. El auténtico amor tiende por sí mismo a ser algo
definitivo, no algo pasajero. "Esta íntima unión, en cuanto donación
mutua de dos personas, como el bien de los hijos exigen la fidelidad
de los cónyuges y urgen su indisoluble unidad" (GS 48,1).
1647 Su motivo más profundo consiste en
la fidelidad de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia. Por el
sacramento del matrimonio los esposos son capacitados para
representar y testimoniar esta fidelidad. Por el sacramento, la
indisolubilidad del matrimonio adquiere un sentido nuevo y más
profundo.
1648 Puede parecer difícil, incluso
imposible, atarse para toda la vida a un ser humano. Por ello es
tanto más importante anunciar la buena nueva de que Dios nos ama con
un amor definitivo e irrevocable, de que los esposos participan de
este amor, que les conforta y mantiene, y de que por su fidelidad se
convierten en testigos del amor fiel de Dios. Los esposos que, con
la gracia de Dios, dan este testimonio, con frecuencia en
condiciones muy difíciles, merecen la gratitud y el apoyo de la
comunidad eclesial (cf FC 20).
1649 Existen, sin embargo, situaciones
en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible
por razones muy diversas. En tales casos, la Iglesia admite la
separación física de los esposos y el fin de la cohabitación.
Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios; ni son
libres para contraer una nueva unión. En esta situación difícil, la
mejor solución sería, s i es posible, la reconciliación. La
comunidad cristiana está llamada a ayudar a estas personas a vivir
cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su
matrimonio que permanece indisoluble (cf FC; 83;
⇒ CIC, can. 1151-1155).
1650 Hoy son numerosos en muchos países
los católicos que recurren al divorcio según las leyes
civiles y que contraen también civilmente una nueva unión. La
Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo ("Quien
repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra
aquella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete
adulterio": Mc 10,11-12), que no puede reconocer como válida esta
nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados
se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que
contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no pueden
acceder a la comunión eucarística mientras persista esta situación,
y por la misma razón no pueden ejercer ciertas responsabilidades
eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la
penitencia no puede ser concedida más que aquellos que se
arrepientan de haber violado el signo de la Alianza y de la
fidelidad a Cristo y que se comprometan a vivir en total
continencia.
1651 Respecto a los cristianos que
viven en esta situación y que con frecuencia conservan la fe y
desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la
comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de
aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida
pueden y deben participar en cuanto bautizados:
Se les exhorte a escuchar la Palabra de
Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la
oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la
comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe
cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para
implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (FC 84).
La apertura a la fecundidad
1652 "Por su naturaleza misma, la
institución misma del matrimonio y el amor conyugal están ordenados
a la procreación y a la educación de la prole y con ellas son
coronados como su culminación" (GS 48,1):
Los hijos son el don más excelente del
matrimonio y contribuyen mucho al bien de sus mismos padres. El
mismo Dios, que dijo: "No es bueno que el hombre esté solo (Gn
2,18), y que hizo desde el principio al hombre, varón y mujer" (Mt
19,4), queriendo comunicarle cierta participación especial en su
propia obra creadora, bendijo al varón y a la mujer diciendo:
"Creced y multiplicaos" (Gn 1,28). De ahí que el cultivo verdadero
del amor conyugal y todo el sistema de vida familiar que de él
procede, sin dejar posponer los otros fines del matrimonio, tienden
a que los esposos estén dispuestos con fortaleza de ánimo a cooperar
con el amor del Creador y Salvador, que por medio de ellos aumenta y
enriquece su propia familia cada día más (GS 50,1).
1653 La fecundidad del amor conyugal se
extiende a los frutos de la vida moral, espiritual y sobrenatural
que los padres transmiten a sus hijos por medio de la educación. Los
padres son los principales y primeros educadores de sus hijos (cf.
GE 3). En este sentido, la tarea fundamental del matrimonio y de la
familia es estar al servicio de la vida (cf FC 28).
1654 Sin embargo, los esposos a los que
Dios no ha concedido tener hijos pueden llevar una vida conyugal
plena de sentido, humana y cristianamente. Su matrimonio puede
irradiar una fecundidad de caridad, de acogida y de sacrificio.
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VI La iglesia doméstica
1655 Cristo quiso nacer y crecer en el
seno de la Sagrada Familia de José y de María. La Iglesia no es otra
cosa que la "familia de Dios". Desde sus orígenes, el núcleo de la
Iglesia estaba a menudo constituido por los que, "con toda su casa",
habían llegado a ser creyentes (cf Hch 18,8). Cuando se convertían
deseaban también que se salvase "toda su casa" (cf Hch 16,31 y
11,14). Estas familias convertidas eran islotes de vida cristiana en
un mundo no creyente.
1656 En nuestros días, en un mundo
frecuentemente extraño e incluso hostil a la fe, las familias
creyentes tienen una importancia primordial en cuanto faros de una
fe viva e irradiadora. Por eso el Concilio Vaticano II llama a la
familia, con una antigua expresión, "Ecclesia domestica" (LG 11; cf.
FC 21). En el seno de la familia, "los padres han de ser para sus
hijos los primeros anunciadores de la fe con su palabra y con su
ejemplo, y han de fomentar la vocación personal de cada uno y, con
especial cuidado, la vocación a la vida consagrada" (LG 11).
1657 Aquí es donde se ejercita de
manera privilegiada el sacerdocio bautismal del padre de
familia, de la madre, de los hijos, de todos los miembros de la
familia, "en la recepción de los sacramentos, en la oración y en la
acción de gracias, con el testimonio de una vida santa, con la
renuncia y el amor que se traduce en obras" (LG 10). El hogar es así
la primera escuela de vida cristiana y "escuela del más rico
humanismo" (GS 52,1). Aquí se aprende la paciencia y el gozo del
trabajo, el amor fraterno, el perdón generoso, incluso reiterado, y
sobre todo el culto divino por medio de la oración y la ofrenda de
su vida.
1658 Es preciso recordar asimismo a un
gran número de personas que permanecen solteras a causa de
las concretas condiciones en que deben vivir, a menudo sin haberlo
querido ellas mismas. Estas personas se encuentran particularmente
cercanas al corazón de Jesús; y, por ello, merecen afecto y
solicitud diligentes de la Iglesia, particularmente de sus pastores.
Muchas de ellas viven sin familia humana, con frecuencia a
causa de condiciones de pobreza. Hay quienes viven su situación
según el espíritu de las bienaventuranzas sirviendo a Dios y al
prójimo de manera ejemplar. A todas ellas es preciso abrirles las
puertas de los hogares, "iglesias domésticas" y las puertas de la
gran familia que es la Iglesia. "Nadie se sienta sin familia en este
mundo: la Iglesia es casa y familia de todos, especialmente para
cuantos están `fatigados y agobiados' (Mt 11,28)" (FC 85).
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RESUMEN
1659 S. Pablo dice: "Maridos, amad a
vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia...Gran misterio es
éste, lo digo con respecto a Cristo y la Iglesia" (Ef 5,25.32).
1660 La alianza matrimonial, por la
que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y
de amor, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador.
Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges así como a
la generación y educación de los hijos. Entre bautizados, el
matrimonio ha sido elevado por Cristo Señor a la dignidad de
sacramento (cf. GS 48,1; .⇒
CIC, can. 1055,1).
1661 El sacramento del matrimonio
significa la unión de Cristo con la Iglesia. Da a los esposos la
gracia de amarse con el amor con que Cristo amó a su Iglesia; la
gracia del sacramento perfecciona así el amor humano de los esposos,
reafirma su unidad indisoluble y los santifica en el camino de la
vida eterna (cf. Cc. de Trento: DS 1799).
1662 El matrimonio se funda en el
consentimiento de los contrayentes, es decir, en la voluntad de
darse mutua y definitivamente con el fin de vivir una alianza de
amor fiel y fecundo.
1663 Dado que el matrimonio
establece a los cónyuges en un estado público de vida en la Iglesia,
la celebración del mismo se hace ordinariamente de modo público, en
el marco de una celebración litúrgica, ante el sacerdote (o el
testigo cualificado de la Iglesia), los testigos y la asamblea de
los fieles.
1664 La unidad, la indisolubilidad,
y la apertura a la fecundidad son esenciales al matrimonio. La
poligamia es incompatible con la unidad del matrimonio; el divorcio
separa lo que Dios ha unido; el rechazo de la fecundidad priva la
vida conyugal de su "don más excelente", el hijo (GS 50,1).
1665 Contraer un nuevo matrimonio
por parte de los divorciados mientras viven sus cónyuges legítimos
contradice el plan y la ley de Dios enseñados por Cristo. Los que
viven en esta situación no están separados de la Iglesia pero no
pueden acceder a la comunión eucarística. Pueden vivir su vida
cristiana sobre todo educando a sus hijos en la fe.
1666 El hogar cristiano es el lugar
en que los hijos reciben el primer anuncio de la fe. Por eso la casa
familiar es llamada justamente "Iglesia doméstica", comunidad de
gracia y de oración, escuela de virtudes humanas y de caridad
cristiana.
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